-Se prorrogan hasta el 31/12/2020:

-La suspensión de la exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS)

-La suspensión respecto de la consideración del mes de noviembre de 2020, a los efectos del cómputo del plazo para la aplicación de la baja automática de monotributistas

-La moratoria de la RG 4268

-La utilización del servicio “presentaciones digitales” en AFIP

-La suspensión de traba de medidas cautelares para sujetos que se encuentren inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMES”

-La suspensión de la iniciación de juicios de ejecución fiscal

-Suspende la aplicación obligatoria del Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE) para el impuesto al valor agregado, rg N° 4.523 y sus modificatorias, hasta el día 28 de febrero de 2021, inclusive