La Corte Suprema de Justicia sigue mostrando su voluntad de frenar la discriminación provincial en el cobro de impuestos en razón del territorio. Ahora benefició a una empresa contra la provincia de Buenos Aires, con una medida cautelar que impedirá que ARBA le cobre una tasa superior del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en razón de que su sede central está en la Capital.

En un fallo del 2 de junio, la Corte otorgó la medida cautelar a la empresa Droguería del Sud, con sede la ciudad de Buenos Aires y que se dedica a la venta mayorista de medicamentos en distintas jurisdicciones del país, precisó Martín Caranta, del estudio Lisicki, Litvin y Asociados a El Cronista.

ARBA objetó que, en relación a las ventas realizadas desde la ciudad de Buenos Aires a farmacias ubicadas en la provincia entre enero de 2007 y diciembre de 2008, la empresa haya tributado la alícuota del 1% prevista para la «Venta al por mayor de productos farmacéuticos, cuando sus establecimientos estén ubicados en la Provincia de Buenos Aires», en lugar de la superior establecida para la «Venta al por mayor de productos farmacéuticos».

De acuerdo a la interpretación del fisco bonaerense, la aplicación de la reducción de la alícuota procede únicamente respecto de los ingresos obtenidos a través del desarrollo de la actividad comercial en establecimientos de la jurisdicción provincial, y solo debe computarse el valor de venta de los productos farmacéuticos que son despachados desde dicho ámbito jurisdiccional para su comercialización tanto directa como indirecta, comentó Caranta.

De acuerdo al planteo de la firma ante la Justicia, dicha pretensión impositiva establece una discriminación en función del origen de las mercaderías, lo que resulta inconstitucional.

Fuente: www.iprofesional.com