Si su pyme está invirtiendo o va a invertir en máquinas, tecnología u obra, el trámite para pedir beneficios de IVA y Ganancias ahora pasa por un sistema nuevo. ARCA implementó el Sistema de Gestión de Inversiones (SGI) con la Resolución General 5889/2026, publicada el 25 de agosto de 2026.

Qué es el SGI y qué cubre el RIMI

En esta primera etapa el SGI concentra la registración de proyectos, la selección de beneficios y el seguimiento de las inversiones del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI). El régimen nació en el Título XXIII de la Ley 27.802 y está reglamentado por el Decreto 242/2026 y la Resolución General Conjunta 5.849.

El RIMI prevé dos beneficios, que no se excluyen entre sí, para inversiones productivas en bienes muebles amortizables y en obras realizadas en el país, si se cumple un monto mínimo en un plazo de dos años:

  • amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias;
  • devolución de créditos fiscales en el IVA.

Quiénes pueden usar el SGI

Se entra con Clave Fiscal, en el micrositio “Inversiones” de arca.gob.ar. Los responsables deben:

  1. Tener CUIT con estado “Activo”.
  2. Estar dados de alta en los impuestos que correspondan (Ganancias e IVA, según el caso).
  3. Tener el domicilio fiscal declarado, actualizado y sin inconsistencias.
  4. Tener actualizado el código de actividad (CLAE – F. 883).
  5. Tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.

Cómo se piden los beneficios

Devolución de IVA

El SGI solo admite una presolicitud. La solicitud formal se hace después por el Sistema Integral de Recupero (SIR), conforme la RG 5.173. Las ventanas de presolicitud son los primeros diez días de febrero, mayo, agosto y noviembre.

Amortización acelerada en Ganancias

Los datos deben informarse antes del vencimiento de la declaración jurada en la que se compute. Los bienes y la amortización de esa DJ tienen que coincidir con lo declarado en el SGI.

Montos mínimos del RIMI

La Ley 27.802 fija un piso a cumplir en dos años, según la categoría de la empresa: USD 150.000 (micro), USD 600.000 (pequeña), USD 3.500.000 (mediana tramo 1) y USD 9.000.000 (mediana tramo 2). Quedan exceptuados de ese piso, entre otros, bienes de riego, de alta eficiencia energética, mallas antigranizo y semovientes.

Las inversiones productivas deben haberse iniciado a partir del 6 de marzo de 2026. En obras, solo califican aquellas que a esa fecha tenían un grado de avance inferior al 30% del monto total.

Qué implica para su empresa

El impacto es de caja: recuperar IVA de bienes de uso en ventanas trimestrales (y no recién en diciembre) y adelantar la amortización en Ganancias. Un error de carga o una DJ desalineada con el SGI puede hacer perder el beneficio. Antes de anotar un proyecto, hay que medir la inversión contra el umbral de su categoría MiPyME, reunir comprobantes y revisar CUIT, altas, CLAE y domicilio fiscal electrónico.

Ante cualquier duda sobre si su proyecto entra o cómo alinear la DJ con el SGI, consúltenos. El estudio puede revisar el encuadre impositivo y el alta formal antes de registrar.

Vigencia: 25 de agosto de 2026.

Fuente original: RG 5889/2026, Boletín Oficial.