Combustibles: postergaron al 1/11 la suba de impuestos (Decreto 1126/2026)

Si su pyme mueve mercadería, hace entregas o carga nafta y gasoil todos los meses, hay un cambio de calendario que le conviene anotar. El Decreto 1126/2026, publicado en el Boletín Oficial del 30 de septiembre de 2026, vuelve a postergar la aplicación de los incrementos remanentes del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos (ICL) y del Impuesto al Dióxido de Carbono (IDC). Lo que iba a empezar a pegar el 1° de octubre pasa al 1° de noviembre de 2026.

Qué decidió el Ejecutivo

La norma modifica el Decreto 617/2025 y sus sucesivas prórrogas. En concreto:

  • Extiende hasta el 31 de octubre de 2026 el período en el que siguen diferidos los incrementos remanentes para nafta sin plomo, nafta virgen y gasoil.
  • Fija que esos remanentes empiecen a tener efectos desde el 1° de noviembre de 2026, inclusive (antes estaba previsto desde el 1° de octubre).
  • La medida entra en vigencia a partir del 1° de octubre de 2026.

Los remanentes alcanzados son los derivados de las actualizaciones correspondientes a los años calendario 2024 y 2025, y al primer y segundo trimestre de 2026, según el esquema de actualización trimestral por IPC previsto en la Ley 23.966 y el Decreto 501/2018.

No elimina el impuesto ni cancela la actualización: solo mueve un mes más el momento en que esos incrementos remanentes empiezan a aplicarse en el surtidor.

Impacto concreto para el dueño de una pyme

  • Costo de logística en octubre: si opera con flota propia, repartos o viajes frecuentes, octubre arranca sin el salto impositivo remanente que estaba calendado para el 1/10. Eso no congela el precio de bomba (también pesan crudo, tipo de cambio y márgenes), pero sí evita un empujón tributario adicional ese mes.
  • Presupuesto de noviembre: planifique el costo de combustible del 1/11 en adelante asumiendo que esos remanentes sí empiezan a correr, salvo otra prórroga.
  • Gasoil y nafta: la postergación alcanza a nafta sin plomo, nafta virgen y gasoil. Si su negocio es intensivo en gasoil (fletes, campo, distribución), el calendario le pega directo en el margen.
  • Precios a clientes: si cotiza fletes o entregas con vigencia mensual, revise si su lista de octubre ya incorporaba el escenario “con remanente desde el 1/10”; puede recalibrar sin sorpresas tributarias extras en el mes.

Qué no cambia con el Decreto 1126

No es una baja permanente del ICL ni del IDC. Tampoco modifica por sí sola el monotributo, Ganancias ni regímenes de ARCA. Es una prórroga puntual del sendero de actualización de montos fijos de combustibles, en la misma línea de diferimientos que el Gobierno viene aplicando desde 2025.

El esquema diferencial de gasoil para determinadas zonas (Patagonia, Patagones y Malargüe) sigue en el marco de la Ley 23.966; este decreto solo mueve la fecha de los remanentes diferidos.

Checklist rápido

  1. Anote: octubre 2026 sin remanentes ICL/IDC calendados; desde 1/11/2026 empiezan a aplicar, según el decreto.
  2. Revise el presupuesto de combustible de noviembre (flota, repartos, viajes).
  3. Si cotiza fletes o entregas, alinee precios y vigencia con el nuevo calendario.
  4. Siga el Boletín Oficial: estas postergaciones suelen reiterarse; no asuma que noviembre también se mueve hasta que salga una norma nueva.

Si necesita ordenar el impacto del costo de combustibles y la proyección de gastos de su pyme para el último trimestre, en Gestión y Eficiencia podemos ayudarlo a dejarlo cerrado con números claros.

Fuente: Decreto 1126/2026 – Boletín Oficial (30/09/2026)

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