Factura de Crédito Electrónica MiPyME: el plazo de 21 días se extiende hasta octubre de 2027

Si tu pyme le vende a empresas grandes, hay una buena noticia para la planificación de la cobranza: el plazo de 21 días corridos para aceptar, cancelar o rechazar la Factura de Crédito Electrónica MiPyME (FCE) se mantiene un año más. Lo dispuso la Resolución 424/2026 de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, publicada en el Boletín Oficial el 29 de octubre de 2026. Rige desde el 1° de noviembre de 2026 hasta el 31 de octubre de 2027.

Qué se prorrogó exactamente

La Ley 27.440 fija plazos más cortos: 15 días corridos para que la empresa grande cancele o acepte la factura y 10 días para rechazarla. Desde hace años esos plazos se vienen extendiendo de forma transitoria, y el último tramo (21 días) vencía el 31 de octubre de 2026. La nueva resolución evita que se vuelva a los plazos de la ley y establece:

  • 21 días corridos para la cancelación y la aceptación expresa o tácita de la FCE (artículos 4°, 5° y 6° de la Ley 27.440).
  • 21 días corridos para el rechazo y su inscripción en el Registro de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs (artículo 8°).
  • Se mantiene hasta el 31/10/2027 la exclusión del régimen para las facturas o recibos que la pyme emita a una empresa grande y ceda (artículo 1618 del Código Civil y Comercial) antes de que sean cancelados, aceptados o rechazados.

Según los considerandos, la prórroga responde a un pedido de la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL), que planteó que los plazos de 15 y 10 días eran de imposible cumplimiento para las empresas receptoras y que acortarlos iba a multiplicar los rechazos.

Cómo te pega en el día a día

Si emitís FCE a empresas grandes

Nada cambia en tu operatoria, y eso es lo importante: no hay que reconfigurar sistemas ni ajustar el circuito de facturación a partir de noviembre. Para tu flujo de caja, la referencia sigue siendo la misma: la factura queda aceptada (expresa o tácitamente) a los 21 días corridos, y desde ahí podés negociarla o descontarla en el mercado de capitales o en bancos.

  • Seguí de cerca el estado de cada FCE en el Registro de ARCA: aceptada, rechazada o pendiente.
  • Si tu cliente la rechaza, chequeá que el motivo sea uno de los admitidos por la ley y que se haya hecho dentro de los 21 días.
  • Si pensás ceder o descontar facturas, tené presente la excepción de los comprobantes cedidos antes de su aceptación.

Si tu empresa recibe FCE

Si sos una empresa receptora, seguís teniendo 21 días para aceptar, cancelar o rechazar. Si dejás pasar el plazo sin hacer nada, la factura queda aceptada tácitamente, así que conviene que el área de pagos revise el registro con regularidad.

Qué conviene revisar ahora

  1. Agendá el 31 de octubre de 2027 como nueva fecha de control: ahí vence esta prórroga.
  2. Revisá tu proyección de cobros con grandes clientes con el plazo de 21 días.
  3. Si usás la FCE para financiarte, compará el costo del descuento de facturas con otras alternativas de crédito pyme.

Es una medida de continuidad, pero da previsibilidad por un año para quien trabaja con grandes empresas. Si querés ordenar la cobranza y el uso de la FCE como herramienta de financiamiento, en nuestro servicio de finanzas para pymes lo vemos caso por caso.

Fuente: Resolución 424/2026 de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa (Boletín Oficial, 29/10/2026).

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