Fondo de Cese Laboral en la construcción: BCRA elimina la Hoja Móvil (Com. A 8498)

El Banco Central publicó la Comunicación “A” 8498 (29/10/2026, vigente desde el 30/10/2026), que adecúa la operatoria bancaria de la cuenta del Fondo de Cese Laboral de los trabajadores de la industria de la construcción (Ley 22.250). El cambio central: para retirar los fondos ya no se usan la Credencial de Registro Laboral ni la Hoja Móvil del IERIC, sino la constancia de ARCA que acredite el cese de la relación laboral.

Para una constructora pyme el impacto es acotado: no cambian los aportes ni los costos, pero se simplifica el trámite al terminar cada relación laboral.

Qué dispone la Comunicación “A” 8498

  • Se elimina la Credencial de Registro Laboral y la Hoja Móvil como requisito en la cuenta del Fondo de Cese Laboral (se deja sin efecto el punto 3.1.7 del texto ordenado sobre Depósitos de Ahorro, Cuenta Sueldo y Especiales).
  • El retiro de fondos se hace presentando la constancia emitida por ARCA que acredite el cese de la relación laboral (nuevo texto del punto 3.1.6.4).
  • Consulta digital: los bancos podrán permitir que el trabajador y el empleador consulten el saldo y el detalle de los depósitos por home banking y/o mobile banking. Es una habilitación, no una obligación: dependerá de cada entidad.

Qué cambia para el empleador al producirse el cese

Según el texto ordenado actualizado por el BCRA, dentro de las 48 horas de producido el cese el empleador debe solicitar al banco la transferencia de los fondos a una cuenta que el trabajador indique (de cualquier entidad). Para eso, ahora presenta la constancia de ARCA que acredita el cese. Si el trabajador no tiene cuenta a la vista, el banco debe abrirle una caja de ahorros en pesos; y, como alternativa, el trabajador puede retirar los fondos en efectivo directamente de la cuenta especial.

En la práctica, esto significa que la baja informada en ARCA pasa a ser el documento clave para liberar el fondo. Conviene que la baja en ARCA se haga en tiempo y forma, porque sin esa constancia el banco no tiene con qué procesar el retiro.

Qué NO cambia

  • Los depósitos al Fondo de Cese siguen como hasta ahora: la comunicación no modifica porcentajes, bases ni plazos de los aportes que fija la Ley 22.250.
  • La cuenta sigue abriéndose a nombre del trabajador, en pesos, expresada en UVA y sin comisiones para el beneficiario.
  • Al abrir la cuenta, el banco sigue pidiendo los datos del empleador, incluido su número de inscripción en el IERIC, y los bancos continúan informando al IERIC los depósitos y las cuentas sin movimiento.
  • Las cuentas se mantienen abiertas 180 días corridos desde el último movimiento tras el fin de la relación laboral, para usarlas si el trabajador inicia otra.

El contexto: registración única ante ARCA

La medida del BCRA completa un cambio que ya venía de la Ley de Modernización Laboral 27.802. Su artículo 155 dispone que la registración del trabajador ante ARCA es plena y suficiente, y que el IERIC debe reconocerla sin exigir requisitos de registración adicionales.

El Decreto 407/2026 (Boletín Oficial del 1/6/2026) reglamentó ese punto para la construcción: el alta, la baja y la modificación de datos de los trabajadores de la Ley 22.250 se hacen ante ARCA, y la constancia fehaciente de registración es la que surge de sus sistemas. Además, dio 120 días a ARCA y al IERIC para adecuar sistemas; mientras ARCA no habilite la operatoria, el IERIC actúa como canal transitorio. Es decir, se elimina la duplicación de altas y bajas ante el IERIC.

Un detalle a tener en cuenta: en su sitio, el IERIC informa que está transitando ese período de adecuación y que, hasta que se implemente la interoperabilidad con ARCA, sus procedimientos de fiscalización siguen sin cambios. La eliminación del trámite registral ante el IERIC no implica, por sí sola, que desaparezcan las demás obligaciones de la empresa con el Instituto.

Qué conviene revisar en tu constructora

  • Circuito de bajas: que la baja de cada trabajador se informe en ARCA dentro del plazo y que la constancia quede disponible para el banco.
  • Banco donde depositás el fondo: consultá si ya aplica la nueva operatoria y si ofrece la consulta de saldos por home banking.
  • Legajos: los modelos internos que todavía pidan Hoja Móvil para el cese conviene actualizarlos.
  • Depósitos al día: como el retiro es por el saldo total, cualquier depósito faltante queda en evidencia al momento del cese.

Si tu empresa tiene personal de la construcción y querés ordenar altas, bajas y depósitos del Fondo de Cese, escribinos por WhatsApp y analizamos tu caso.

También podés seguir otras novedades laborales del sector, como la del Fondo de Asistencia Laboral.

Fuente: Comunicación “A” 8498 del Banco Central de la República Argentina (29/10/2026). Normas citadas: Ley 27.802 (art. 155) y Decreto 407/2026 (arts. 17 a 21).

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